En
una acción conjunta organizada por la Gerencia de la Producción a través de la
Sub Gerencia de Pesquería donde participó la Fiscalía Provincial Especializada
en Materia Ambiental Transitoria de La Libertad, el Ministerio de la
Producción, Capitanía de Puerto Salaverry y La División de Medio Ambiente de la
PNP; se intervino en Puerto Perdido (playa chica), Guadalupito, a pescadores
furtivos que se encontraban utilizando el arte de pesca chinchorro manual,
prohibido en todo el litoral peruano por la Resolución Ministerial Nº
112-2009-PRODUCE.
July
Soto Deza, Gerenta Regional de la Producción, informó que en el lugar se
intervino como presunto infractor a Don Pedro Pablo Barreto Espino, domiciliado
en la Calle María Parado de Bellido del Pueblo Joven La Libertad, distrito de
Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash; propietario del
chinchorro manual y a quien se le informó de la presunta infracción
administrativa que había cometido, manifestándole que se levantarían los
documentos sancionadores y se aplicaría la Medida Cautelar de decomiso del
chinchorro manual y de los recursos hidrobiológicos extraídos.
“La
pesca con chinchorro es un arte prohibido por su alto nivel destructivo, arrasa
con todas las especies hidrobiológicas, especies juveniles y destruye la
vegetación marina. Estaremos atentos a cualquier denuncia o información sobre
estas malas prácticas pesqueras, ahora contamos con importantes aliados que ayudarán
a ser más efectivos los operativos” menciono Soto Deza seguidamente.
El
chinchorro manual decomisado consta de dos (02) alares de 125 m. c/u con una
abertura de malla 2 ½ pulgadas y 625 plomos en total y una (01) bolsa o copo de una longitud de 35
m. altura de 16 m. base de 8 m. con una abertura de malla de 1 ½ pulgadas (38
mm.). En el lugar estuvo presente y grabando todo lo acontecido Don Julio Alfredo
Espino Alvarez, chofer del camión de placa F4F-774, quien participó en el
transporte del chinchorro manual, el bote a remo y los pescadores furtivos en
un aproximado de 20 individuos, desde su lugar de origen hasta puerto perdido
en Guadalupito y viceversa.
La
Medida Cautelar contempla el decomiso del chinchorro en base a lo dispuesto en
el Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE,
Artículo 47° Código 7 Sub Código 7.9 que
establece el decomiso de los recursos,
redes y rastras empleadas. Asimismo los recursos hidrobiológicos extraídos han
pasado a la UNT para su identificación de las especies, así como las tallas, según
lo dispuesto por la Fiscal Provincial Especializada en Materia Ambiental
Transitoria La Libertad. Al presunto infractor se le aperturó un proceso
administrativo sancionador y la fiscalía investigara el delito penal y las
sanciones correspondientes.
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